Published septiembre 11, 2017 by

Implementación de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 056-2017-EF

Implementación de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 056-2017-EF “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF”

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) pone en conocimiento de las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley), y de los usuarios en general lo siguiente:

1.    De conformidad con el numeral 12.1 del artículo 12 del Reglamento de la Ley, el valor referencial es público. Excepcionalmente, en el caso de bienes y servicios, por la naturaleza de la contratación o por las condiciones del mercado, el valor referencial puede ser reservado, en cuyo caso el órgano encargado de las contrataciones de la Entidad debe emitir el informe fundamentado, el cual debe ser aprobado por el Titular de la Entidad y adjuntarse al expediente de contratación.
Asimismo, conforme al numeral 12.4 de dicho artículo, es obligatorio registrar el valor referencial en el SEACE, debiendo garantizarse los mecanismos de confidencialidad en el caso de ser reservado.

2.    De otro lado, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 056-2017-EF, establece que para los procedimientos de selección con valor reservado, el OSCE desarrolla la funcionalidad respectiva en el SEACE, poniendo en conocimiento de los usuarios, a través de un comunicado, el momento en que estará disponible.

3.    En tal sentido, el OSCE pone en conocimiento que se ha cumplido con implementar la referida funcionalidad, por lo que las Entidades podrán registrar en el SEACE el valor referencial reservado para los procedimientos que se convoquen a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente Comunicado en el Diario Oficial “El Peruano”, siempre que se cumplan con las condiciones previstas en la normativa de contratación pública para la reserva del valor referencial.

Finalmente, el OSCE pone a disposición de los usuarios el “Manual para el registro de Actos Preparatorios SEACE” que orienta el uso de la referida funcionalidad, el cual puede ser descargado del portal web del SEACE (http://www2.seace.gob.pe/), pestaña “Documentos y Publicaciones”, página “Manuales y otros – Entidades (SEACE v3.0)”.


Descargar Manuales:

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