Published febrero 09, 2018 by

Con la finalidad de asegurar la sostenibilidad de Proyectos de Inversión, Aprueban Lineamiento para la aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público 2018

Con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de los Proyectos de Inversión y los proyectos Proyectos que no se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Proyectos 

Aprueban Lineamientos para la aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018

RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 006-2018-EF/50.01
Lima, 2 de febrero de 2018

CONSIDERANDO:

Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;

Que, el artículo 12 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de los proyectos de inversión, de los proyectos que no se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, bajo responsabilidad del titular del pliego, pueden efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, siempre que no impliquen la anulación de crédito presupuestario de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, que se encuentren en etapa de ejecución;

Que, en la etapa de ejecución presupuestaria, la Dirección General de Presupuesto Público viene recibiendo diversas consultas respecto de los alcances del artículo 12 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, antes citado, relacionadas, entre otros aspectos, a si se requiere opinión favorable de dicha Dirección General para la procedencia de anulaciones presupuestarias en el marco del referido artículo, y sobre los supuestos regulados en dicho artículo;

Que, mediante Memorando Nº 008-2018-EF/63.06, la Dirección General de Programación Multianual de Inversión Pública ha establecido lineamientos respecto del artículo 12 de la Ley Nº 30693, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, de otro lado, la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Determinados en el rubro canon y sobrecanon, regalías, rentas de aduanas y participaciones, y Recursos Directamente Recaudados, a fin de financiar la atención oportuna e inmediata y/o la rehabilitación en las zonas afectadas por desastres de los niveles 4 y 5 a los que se refiere el artículo 43 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, y que cuenten con declaratoria de estado de emergencia por desastre o peligro inminente por la autoridad competente;

Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar lineamientos para la mejor aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con el fin de determinar los alcances de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se pueden realizar al amparo de las disposiciones antes mencionadas, considerando además los lineamientos establecidos por la Dirección General de Programación Multianual de Inversión Pública respecto de los alcances del citado artículo 12;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, los que forman parte de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- La presente Resolución Directoral se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Los Lineamientos para la aplicación del artículo 12 y la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Directora General
Dirección General de Presupuesto Público
Fuente: http://elperuano.pe/
Fuente: https://www.mef.gob.pe








Descargar:

Resolución Directoral Nº 006-2018-EF/50.01

Anexo: Lineamientos RD Nº 006-2017-EF/50.01